miércoles, 15 de junio de 2011

La Ley de vagos y maleantes es de izquierdas y de Azaña









Uno de los más extendidos mitos de la España contemporánea es que la Ley de Vagos y Maleantes fue promulgada por Franco. Sin embargo, la Ley de Vagos y Maleantes es de la República, salida del sinistro magín de Manuel Azaña. Fue aprobada esta ley por las Cortes Constituyentes de la República y firmada el 4 de agosto de 1933. Es curioso que el fundamento de la misma sea el famoso comienzo del artículo 1º de la Constitución de la República de 1931 que decía «España es una República de trabajadores de toda clase…». Es decir, era persona peligrosa la que no tuviera trabajo o no pudiera trabajar.

Esa misma ley preveía el sometimiento de «medidas de seguridad» a las siguientes «clases de ciudadanos»: Vagos habituales; rufianes y proxenetas; los que no justificaran la posesión o procedencia del dinero u otros efectos, los mendigos profesionales o los que vivan de la mendicidad o exploten a los menores, enfermos mentales o lisiados; los ebrios y toxicómanos; los que para su consumo inmediato suministren vino o bebidas espirituosas a menores de catorce años en lugares y establecimientos de instrucción o en instituciones de educación e instrucción y los que de cualquier manera promuevan o favorezcan la embriaguez habitual; los que ocultaren su verdadero nombre, disimularen su personalidad o falsearen su domicilio o tuvieren documentos de identidad falsos u ocultaren los propios; los extranjeros que quebranten una orden de expulsión del territorio nacional; y los que observen conducta de inclinación al delito, manifestada por el trato asiduo con delincuentes y maleantes, por la frecuentación de los lugares donde éstos se reúnen habitualmente; por su concurrencia habitual a casas de juegos prohibidos y por la comisión reiterada y frecuente de contravenciones penales.

A los incursos en alguna de estas circunstancias se les imponía unas medidas de seguridad que iba desde el internamiento en centros de «reeducación» por tiempo no superior a cinco años, o la expulsión de los extranjeros, el «asilamiento curativo en casos de templanza por tiempo absolutamente indeterminado» o el destierro indeterminado.


El 8 de septiembre de 1933, el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz publicó una circular del Gobernador Civil de Badajoz, Enrique Balmaseda en la que se ordenaba a todas la autoridades de la provincia (alcaldes y comandantes de puestos de la Guardia Civil) que observaran con «celo, diligencia y rapidez» en la incoación de informaciones sobre las personas calificadas como vagos en la Ley para que fueran comunicada al Juez de Instrucción. Por supuesto, este Gobernador Civil había sido nombrado por el Gobierno de Martínez Barrio, el cual sucedió al nefasto Azaña y fue el que convocó las Elecciones Generales de 1933.

La Ley de Vagos y Maleantes de Azaña es sin duda un texto que define el pensamiento de la izquierda de entonces sobre los marginados sociales y cuál era el trato social y jurídico que merecían. Un texto propio de regímenes totalitarios de entonces, fascista, nacionalsocialista o comunista que se engendró en el seno de las Cortes Constituyentes de la II República. Era un texto que pisoteaba los supuestos derechos fundamentales de los ciudadanos reconocidos en la Constitución, pues esta ley ordinaria era la que se aplicaba, no la Constitución.

Es un texto olvidado, porque esta gente de la Memoria Histórica que sustraen fondos del erario público no quieren recordar que posiblemente algún represaliado fue calificado quizás durante la República de esa forma. El texto oficial de la Ley de Vagos y Maleantes, publicada en la Gaceta de Madrid el 5 de agosto de 1933 se puede descargar aquí: Página 1, página 2, página 3, página 4. El que quiera puede examinar que esto no es pura invención, aquí no se funciona como en los tinglados de la Desmemoria Histérica, que actúa siempre con criterios de ciencia ficción.

1 comentario:

  1. El autor de este artículo solo demuestra su ignorancia.

    Le invito a que observe los actos que recoge la ley y la regulación que de éstos se hacían en regulaciones anteriores. Se lo avanzo, la regulación era nula, lo que había generado la existencia de un grupo de reincidentes que pasaban periodos de 15 días en la cárcel debido a la naturaleza de sus actos y volvían a salir para posteriormente volver a delinquir, lo que resultaba en una desmesurada arbitrariedad policial en lo relativo a la detención de estas personas. Existe un artículo de Sebastián Martín, profesor de Historia del Derecho de la Universidad de Sevilla, muy recomendable al respecto.

    De igual le modo le invito a leer los debates del diario de sesiones sobre la ley, y observar la posición de los partidos de derecha respecto de la misma, así como las motivaciones de los políticos.

    También creo que sería conveniente que comparase la aplicación de la ley entre los últimos meses del primer bienio y el segundo bienio, al igual que otra comparación con los meses del Frente Popular le sería interesante para evitar volver a escribir sinsentidos como el de aquí.

    Finalmente también quiero recomendarle la lectura de los trabajos de Jiménez de Asua, uno de los creadores de la ley, para así entender el animus legislativo.

    Venga, a ustedes

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