viernes, 13 de mayo de 2011

Cómo reclamar tras una catástrofe como la de Lorca


¿Quién asume el pago de las indemnizaciones en España?

Si ocurre un siniestro ordinario (incendio, robo, avería de maquinaria...), las reclamaciones deben efectuarse ante la aseguradora privada donde está suscrita la póliza. En el caso de catástrofes naturales o terroristas (atentados), el Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo del pago de las indemnizaciones a las personas y los bienes asegurados.

¿Cómo opera el Consorcio de Compensación?

Este organismo es una entidad pública que depende del Ministerio de Economía y Hacienda. Gestiona los siniestros producidos por una catástrofe natural, valora los daños con un equipo de peritos, como está sucediendo en Lorca, y abona las indemnizaciones a los asegurados mediante transferencia bancaria.

¿Cuál es el medio de financiación del Consorcio?

Está dotado de patrimonio propio y distinto al del Estado. Su financiación se articula a través de un pequeño recargo incluido en el recibo de todas las pólizas que se emiten en España para cubrir los daños en los bienes, y también en las de vida y accidentes sobre las personas.

¿Qué daños son los que indemniza el Consorcio?

Únicamente son indemnizables por el Consorcio aquellos daños que afecten a personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro en cualquier compañía de seguros autorizada, y siempre que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente de pago de la prima. La indemnización comprende los daños materiales directos, entendiendo por tales la destrucción o deterioro de los bienes asegurados como consecuencia directa de la catástrofe, así como la pérdida de beneficios de una actividad comercial, a resultas del daño directo, si esta estuviera amparada por la póliza ordinaria. Además, también se indemnizan los gastos complementarios (desembarre, extracción de lodos, demolición, desescombro o transporte a vertedero), aunque limitados únicamente al 4% de la suma asegurada.

¿Cuáles son los plazos para presentar las reclamaciones?

Ante una catástrofe natural, el Consorcio recomienda presentar una reclamación de daños lo antes posible vía telefónica, online (se requiere el DNI electrónico) o por escrito en la Delegación Regional del Consorcio (en Lorca han montado una oficina móvil en el campamento instalado por el Ejército), rellenando la Hoja de Comunicación de Datos, que se puede entregar en persona, por correo postal o a través de la entidad aseguradora con la que se contrató la póliza. No podrá remitirse al Consorcio a través de fax ni de email.

¿Qué datos es necesario reclamar?

Todas las modalidades de reclamación solicitan los mismos datos. Datos de la póliza de seguro (entidad aseguradora y número de la póliza). Datos de quien presenta la solicitud, si es una persona distinta al asegurado. Datos bancarios de la cuenta corriente para el pago de la indemnización. En el caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula. Si se encontrase en un taller para ser reparado, se recomienda facilitar el nombre, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de los daños.

¿Cómo es la peritación del Consorcio?

Una vez realizada la reclamación, un perito tasador asignado por el Consorcio se pone en contacto con el reclamante para acordar una visita en la que se hace una valoración de los daños. Para facilitar esa peritación y agilizar la tramitación del expediente es necesario tener presente una serie de indicaciones. Conservar los restos de los bienes dañados y, si no fuera posible, sacar fotografías antes de su retirada. Disponer, en el momento de la visita del perito, de los presupuestos de reparación de los daños y de dos ejemplares (original y copia) de la póliza y del recibo al corriente de pago de la prima, así como algún recibo bancario con el número de cuenta.

¿Qué tipo de póliza da derecho a indemnización?

Las pólizas conocidas como multirriesgo del hogar, de comunidades (obligatorias), de oficinas, de talleres, de industria o las pólizas pyme. En cuanto a los daños en vehículos, no se indemnizan si la póliza contratada es de las conocidas como "daños a terceros".

¿Cuáles son las cuantías que cubre el Consorcio?

La indemnización del Consorcio comprende el importe de los gastos de reparación o reposición de lo dañado (en automóviles, el importe correspondiente al valor de mercado en el momento anterior a la catástrofe, si hay siniestro total), en función del importe asegurado. También se tienen en cuenta los conocidos como pactos de inclusión facultativa ("valor de nuevo", "con límite de indemnización"...) introducidos en la póliza. Además, el Consorcio, en el supuesto de daños directos, divide el capital contratado en la póliza entre los daños al continente y contenido. Según anunció el Consorcio, los afectados de Lorca comenzarán a cobrar sus indemnizaciones en tres meses.

¿Cuál está siendo la respuesta de las aseguradoras privadas en Lorca?

La mayoría está montando oficinas móviles de urgencia en Lorca para asesorar a sus clientes. Es el caso de Mapfre (oficina en Las Columnas, de 9.30 a 20 h. o en el teléfono 900 101 012); Generali Seguros (900 300 600 o 902 333 433) o Zurich (902 222 665 o 902 340 430).

¿Cuánto será el coste de los daños en Lorca?

Según las primeras estimaciones del Consorcio, los daños en Lorca superarán los 36 millones de euros. El año pasado, los daños causados por inundaciones, tormentas y otros riesgos extraordinarios supusieron un coste para el Consorcio de 553 millones. En 2009, los efectos de la tormenta Klaus' provocaron daños por valor de 500 millones, la catástrofe más cara para el Consorcio.

¿Cuál es el efecto en una empresa?

Sólo percibirán indemnizaciones las empresas que tengan contratada una póliza de pérdida de beneficios, por cada día de cierre. Para paliar el daño económico del terremoto, la Seguridad Social anunció ayer el aplazamiento de hasta tres meses de las cuotas que abonan las empresas y autónomos empadronados en Lorca.

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