Un año y cuatro meses para el policía que atropelló a un anciano PDF Imprimir
Escrito por J.M.M.
viernes, 13 de noviembre de 2009
El Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva ha condenado a un año y cuatro meses de cárcel al agente de Policía Nacional, S.M.F., por un delito de homicidio imprudente, tras atropellar a un anciano de 80 años cuando patrullaba con el coche de la Policía.
Los hechos ocurrieron el 15 de agosto de 2008 a media mañana, cuando el acusado circulaba junto a su compañero en el coche patrulla y tras recibir una llamada de aviso de alarma en una nave del Polígono Polirrosa circularon hasta la Avenida Pío XII “sin hacer uso ni de sirena ni de señales luminosas pero a una velocidad inadecuada (superior a los 50 kilómetros por hora reglamentarios)”, según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso Odiel.
A la altura del número 3 de la Avenida Pío XII, el acusado atropelló a un peatón, un anciano de 80 años, que había iniciado el cruce por un paso de cebra. El coche “no se detuvo ni aminoró la marcha”, según la sentencia, y “colisionó con el peatón, que golpeó el paragolpes delantero por su parte central y derecha de las piernas del peatón, quien cayó sobre el capó golpeándose la cabeza contra la luna delantera para a continuación por la fuerza del golpe salir despedido hacia adelante, cayendo a una distancia de once metros y medio del paso de peatones”.
El atropello causó a la víctima un traumatismo craneoencefálico severo, con fractura de la base del cráneo y hemorragia retroperitoneal, que le causaron la muerte a las pocas horas.
La sentencia se produce después de que el juicio oral se celebrara el pasado 29 de octubre. Durante el mismo, el acusado negó que el atropello se produjera en paso de cebra, aseguró que al verlo inició la maniobra de frenado y consideró que circulaba a una velocidad no superior a los 45 kilómetros por hora. Su defensa solicitó la libre absolución de su ofendido, y en el caso de condena que fuera por una falta de homicidio por imprudencia leve.
Sin embargo, según se relata en la sentencia, “las declaraciones de los dos testigos presenciales, la huella de frenada hallada sobre el paso del peatón, el punto donde cayó el cuerpo tras el atropello y la pericial de un agente de la Policía Local” acreditan que la velocidad no era la adecuada, que el lugar del atropello fue el paso de cebra y que el peatón no “irrumpió sorpresivamente en la trayectoria del vehículo policial, cruzando por el paso de cebra habilitante, existiendo buena visibilidad y llevando ya cruzado tres metros y medio cuando fue atropellado”.
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